No todas las personas llegan a la jubilación con un historial laboral largo o continuo. Para quienes trabajaron de forma intermitente o dedicaron años al cuidado del hogar, el Seguro Social ofrece una alternativa poco conocida que puede marcar la diferencia: los beneficios para cónyuges.
Una opción clave cuando el historial laboral es limitado
El Seguro Social funciona, para muchos, como una cuenta de retiro: durante la vida laboral se pagan impuestos sobre el salario y, al jubilarse, se reciben pagos mensuales.
Sin embargo, quienes cotizaron poco –o nada– pueden enfrentar beneficios muy bajos. Ahí es donde entran los beneficios conyugales, que permiten recibir pagos basados en el historial de trabajo de la pareja.
Este mecanismo suele beneficiar especialmente a personas con trayectorias laborales cortas o irregulares, aunque no todos califican automáticamente.
Requisitos para acceder a los beneficios conyugales
Para ser elegible, se deben cumplir tres condiciones básicas:
1. El cónyuge principal debe estar recibiendo actualmente sus beneficios del Seguro Social.
2. El matrimonio debe tener al menos un año de duración.
3. La persona solicitante debe cumplir una de estas situaciones:
-Tener 62 años o más.
-Estar a cargo de un hijo menor de 16 años.
-Cuidar a un hijo con una discapacidad que haya comenzado antes de los 22 años.
Casos especiales: divorcio y suspensión de pagos
Existen matices importantes. Si una persona está divorciada pero el matrimonio duró al menos 10 años, aún puede reclamar beneficios conyugales basados en el historial del exesposo o exesposa.
Eso sí, si la persona divorciada se vuelve a casar, pierde ese derecho.
En cambio, no pierde los beneficios si quien se vuelve a casar es el ex cónyuge.
Otro punto clave: si el cónyuge que recibe el beneficio principal decide suspender temporalmente sus pagos –una estrategia que algunos usan para obtener créditos por jubilación tardía–, los beneficios conyugales también quedan suspendidos durante ese periodo.
¿Cuánto dinero se puede recibir?
Los beneficios para cónyuges pueden equivaler hasta el 50% del monto base del beneficio del cónyuge principal, conocido como Primary Insurance Amount (PIA, por sus siglas en inglés).
Por ejemplo, si el PIA del cónyuge es de $2,000 mensuales, el beneficio conyugal máximo sería de $1,000 al mes.
Para recibir ese 50% completo, es necesario reclamar los beneficios a la edad plena de jubilación. Aunque se puede solicitar desde los 62 años, hacerlo antes reduce el monto.
Un detalle importante: el cálculo se hace sobre el PIA, no sobre el beneficio final. Si el cónyuge retrasa su jubilación y recibe más dinero cada mes, el beneficio conyugal no aumenta más allá del 50% del PIA.
Reducciones por reclamar antes de tiempo
Al igual que los beneficios estándar, los conyugales se reducen si se solicitan antes de la edad plena de jubilación, pero el recorte es más severo.
-En beneficios conyugales, la reducción es de 25/36 de 1% por cada mes, hasta un máximo de 36 meses.
-Por cada mes adicional antes de ese límite, la reducción es de 5/12 de 1% mensual.
A diferencia de los beneficios propios, no existe ningún aumento por retrasar los beneficios conyugales más allá de la edad plena de jubilación.
En la práctica, ese es el punto óptimo para reclamarlos.
Una decisión que conviene planear
Los beneficios del Seguro Social para cónyuges pueden ser una herramienta poderosa para quienes no acumularon suficientes créditos laborales.
Sin embargo, el momento en que se solicitan y la situación familiar influyen directamente en el monto final.
Analizar estos factores con cuidado puede significar cientos de dólares más –o menos– cada mes durante la jubilación.
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